Ana Flores Abogada Sevilla Ley de vivienda

Subida de la cuota de alquiler conforme a la nueva Ley de Vivienda

Despejamos las incertidumbres en torno a la nueva regulación para el arrendamiento de viviendas.

No son pocas las dudas y controversias que ha ocasionado la nueva regulación aprobada respecto del arrendamiento de viviendas por la Ley 12/2023 de 24 de Mayo por el derecho a la vivienda.

Una de las que más preocupación supone para los inquilinos, teniendo en cuenta la constante escalada de precios y la subida del IPC en los últimos tiempos, es en qué medida el arrendador puede imponer una subida en la cuota del alquiler de forma unilateral, en caso de que se pretenda una prórroga del contrato, o la fórmula de actualización de la misma, que hasta ahora se ha regido por el IPC aprobado por el Instituto Nacional de Estadística (INE).


Como es sabido, a raíz de la guerra de Ucrania y el contexto posterior, el Gobierno decidió, de manera temporal y entre otras medidas, limitar la subida de la cuota mensual del alquiler por encima de un 2% hasta finales del presente año 2023, a través del llamado Plan de choque de respuesta a la guerra.

¿Cómo se resuelve esta cuestión en la nueva Ley de Vivienda, que pasa de regular un periodo puntual a establecer algo con vocación de permanencia?

Se distinguen tres supuestos con carácter general:

  • que el inmueble se ubique en una zona considerada “de mercado residencial tensionado”
  • que sea propiedad de un denominado “gran tenedor”
  • que no se encuentre en ninguno de los dos casos anteriores

Para este último supuesto, que quizás sea el más frecuente, la Disposición Adicional Undécima regula el Índice de Referencia para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda, disponiendo que el Instituto Nacional de Estadística (INE) definirá, antes del 31 de diciembre de 2024, un índice de referencia para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda que se fijará como límite, con el objeto de evitar incrementos desproporcionados en la renta de los contratos de arrendamiento.
Con ello, y sin saber todavía en qué va a consistir dicho Índice de Referencia y cómo se va a fijar, se desvincula la actualización de la cuota del alquiler del IPC, como venía sucediendo hasta la fecha.

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